UTILIZACIÓN INDEBIDA DE CANCIONES POPULARES PARA CAMPAÑAS POLÍTICAS SIN AUTORIZACIÓN

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En las últimas semanas han cobrado notoriedad algunos casos sobre la utilización indebida de canciones populares para campañas políticas sin autorización de los autores para dicho fin.

  En nuestro país, en muchas campañas políticas se utilizan canciones populares para resaltar nombres de candidatos, melodías y cambios de letras son comunes en variados casos.-

 Dejando de lado el aspecto político, es importante tener en cuenta que, a la hora de utilizar creaciones de otros autores en forma pública y cuando ello pueda redundar en un beneficio personal para quién emplea dicha canción, es necesario estar al tanto de determinadas consideraciones y obligaciones.

  En el marco de las campañas políticas que se están llevando a cabo a propósito de las próximas elecciones del 11 de abril,   la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD) hizo un llamado a todos los candidatos a proteger los derechos de autor en el uso de obras que se utilizan como jingles o himnos de campaña.

Desde la organización gremial de autores, se ha se ha señalado que «la utilización de obras musicales sin la autorización correspondiente no sólo vulnera los derechos de explotación económica que tiene el autor sobre su obra y los derechos morales que éste tiene respecto de decidir qué productos, ideas o servicios quiere o acepta asociar a ella», se  aseguró.

Desde la organización se enfatizó también en que las eventuales modificaciones que se hagan a las letras de las canciones y sus respectivos usos, deben estar igualmente autorizadas por los compositores: «Cualquier adaptación o reinterpretación de una obra existente debe contar con la autorización explícita de su autor. No existen excepciones para estos casos, y la modificación de cualquiera de los elementos de la obra -ya sea música o letra- debe ser previamente autorizada», se agregó.

 Cabe destacar que, en caso de no respetarse los derechos de autor, se podrían interponer acciones civiles o penales en contra del infractor, respecto de aquellos derechos que le son reconocidos por la Ley de Propiedad Intelectual.